Sentencia N° 2511 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de octubre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2511, Exp. 04-1378, 29/10/2004
Expediente04-1378
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-10-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Anabella Perelló Vera contra la Resolución nº 040302-131 del Consejo Nacional Electoral. La accionante alegó que su solicitud de referendo revocatorio fue calificada como inválida, argumentando que el Consejo no tiene discrecionalidad para pronunciarse sobre la validez de la solicitud. Sin embargo, la Sala determinó que la situación denunciada es irreparable, lo que constituye una causal de inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
Visto que la pretensión del accionante se limita a la inclusión de su firma dentro de las calificadas como “válidas”, a fin de determinar la existencia de peticiones suficientes para convocar al referendo revocatorio solicitado, por considerar que el Consejo Nacional Electoral carece de potestad para establecer condiciones para su procedencia, adicionales a la previstas en el artículo 72 de la Constitución ni pronunciarse sobre el mérito o conveniencia de la solicitud. Visto igualmente que el Consejo Nacional Electoral convocó, organizó y realizó la consulta referendaria que constituye el objeto de la pretensión, para esta Sala resulta evidente que la presunta lesión y situación denunciada es irreparable, lo cual, constituye una causal de inadmisibilidad expresamente contenida en el numeral 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, esta Sala declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Anabella Perelló Vera, contra la Resolución nº 040302-131, dictada el 2 de marzo de 2004, por el Consejo Nacional Electoral. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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