Sentencia N° 251 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0251, Exp. 23-0498, 17/10/2024
Expediente23-0498
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Pedro Alfonso Mejías Márquez contra la decisión N° 0497 de la Sala de Casación Civil, que declaró perecido el recurso extraordinario de casación. La Sala argumenta que no es posible interponer acciones de amparo contra decisiones de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En el presente caso, se interpuso acción de amparo constitucional contra las presuntas violaciones en que incurrió de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, al proferir la sentencia N° 000479 del 19 de octubre de 2022, que declaró perecido el recurso de casación ejercido por el hoy accionante. En tal sentido, la Sala pasa a determinar su competencia para conocer del amparo de autos y, en este sentido, considera oportuno señalar que según lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la pretensión de amparo constitucional contra decisión judicial (incluidas acciones u omisiones, a tenor del artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 12

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE, conforme al artículo 6.6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PEDRO ALFONSO MEJÍAS MÁRQUEZ, ya identificado, contra la decisión N° 0497 de fecha 19 de octubre de 2022, dictada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal, que declaró “(…) PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 4 de abril de 2022, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del [E]stado Mérida”, y condenó al recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

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