Sentencia N° 251 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de abril de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0251, Exp. 18-0829, 11/04/2023
Expediente18-0829
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-04-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de abril de 2023, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por René De Jesús Mendoza Jaime, en representación de su familiar Johandry De Jesús Medina Mendoza. La acción fue considerada extemporánea, ya que el recurso de apelación fue presentado fuera del lapso legal establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

En consideración a las razones expuestas, esta Sala visto que contra la decisión que se ejerció la tutela constitucional, no se agotó el mecanismo procesal idóneo – el recurso ordinario de apelación ante la Alzada- para plasmar sus denuncias, no puede el amparo constitucional sustituir los recursos ordinarios preexistentes ni los medios procesales consagrados en el ordenamiento jurídico, por lo que congruente con lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los criterios jurisprudenciales señalados, lo procedente en el presente caso es declarar la inadmisión de la pretensión del amparo constitucional interpuesto por el abogado en ejercicio EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, en su carácter de defensor del ciudadano JOHANDRY DE JESÚS MEDINA MENDOZA. En virtud de todo lo antes expuesto, considera esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, ajustado a derecho, declarar INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el abogado en ejercicio EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, en su carácter de defensor del ciudadano JOHANDRY DE JESÚS MEDINA MENDOZA, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. ASÍ SE DECIDE.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano René De Jesús Mendoza Jaime, en su condición de “familiar” del ciudadano JOHANDRY DE JESÚS MEDINA MENDOZA, asistido por el profesional del derecho Everett José Salazar Bossio, contra la sentencia dictada el 8 de noviembre de 2018, por la Sala Nro. 1° de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; y en consecuencia queda firme el fallo objeto del recurso de apelación.

Palabras clave

amparotutela constitucionaldebido procesoapelaciónderechos fundamentaleslegitimación activa

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