Sentencia N° 2503 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2503, Exp. 05-2017, 19/12/2006
Expediente05-2017
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-19
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su incompetencia para conocer la demanda interpuesta por un grupo de ciudadanos contra la Corporación Venezolana de Televisión (Venevisión) por la transmisión errónea de un sorteo del juego 'Súper 4'. La Sala determina que el caso debe ser remitido al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil correspondiente. Se argumenta que la acción se basa en derechos e intereses colectivos, los cuales deben ser tratados por el tribunal adecuado según la normativa vigente.

Extracto de la motiva

La Sala pasa a analizar, si el presente es un caso de derechos o intereses colectivos, para así, luego, determinar la competencia y la admisibilidad de la acción incoada. Con este objeto, se observa que en sentencia Nº 656/2000 (caso: Dilia Parra Guillén) la Sala dispuso -entre otras cosas- que '…(e)l Estado (Social de Derecho y de Justicia), tiene que dotar a todos los habitantes de mecanismos de control para permitir que ellos mismos tutelen la calidad de vida que desean, como parte de la interacción o desarrollo compartido Estado-Sociedad, por lo que puede afirmarse que estos derechos de control son derechos cívicos, que son parte de la realización de una democracia participativa, tal como lo reconoce el Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…'. Entre estos derechos cívicos, ya ha apuntado la Sala, se encuentran los derechos e intereses difusos o colectivos, a que hace referencia el artículo 26 de la Constitución, y respecto a los cuales en distintas oportunidades se ha pronunciado...

Dispositiva

1.- Declara su INCOMPETENCIA para conocer la demanda interpuesta por los ciudadanos Jorge Wladimir Irausquin, Jesús Paz, Ligia Vivas, Miguel Maldonado, Carmen Ascanio y Doris Morales, asistidos por el abogado Pedro Alejandro Duarte Llovera, en contra de la sociedad mercantil Corporación Venezolana de Televisión (Venevisión). 2.- DECLINA el conocimiento del caso de autos en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda según su distribución. 3.- ORDENA a la Secretaría de la Sala Constitucional, remitir el expediente al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en funciones de distribución. Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

intereses colectivosresponsabilidad civiltransmisión erróneajuego de loteríaVenevisióndaño moralderechos cívicos

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