Sentencia N° 2502 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2502, Exp. 01-2442, 15/10/2002
Expediente01-2442
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónTerminación del procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento de amparo constitucional interpuesto por SALA DE MATANZA EL TOTUMO C.A. (MATOCA) contra una sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y Trabajo de Zulia. La decisión se basa en el abandono del trámite por parte del demandante, quien no actuó en el proceso durante más de nueve meses. La Sala considera que esta inacción constituye un abandono del trámite, lo que lleva a la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de amparo constitucional que instauró SALA DE MATANZA EL TOTUMO C.A. (MATOCA), contra la sentencia que dictó, el 03 de octubre de 2001, el Juzgado Superior del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

amparo constitucionalabandonar trámitederechos fundamentalesdebido procesoinacción procesalmultatutela judicial efectiva

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca