Sentencia N° 25 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 25, Exp. 07-1748, 19/02/2008
Expediente07-1748
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónTerminación del procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la pérdida del interés procesal en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por varios ciudadanos contra el acto de la Asamblea Nacional que aprobó el Proyecto de Reforma Constitucional. Los recurrentes solicitaron que se declare la nulidad de dicho acto y la Resolución del Consejo Nacional Electoral que convocó a referendo aprobatorio. Sin embargo, en una diligencia posterior, manifestaron haber perdido el interés en continuar con el recurso, lo que llevó a la Sala a declarar terminado el procedimiento.

Extracto de la motiva

La exclusividad a la que alude el mencionado artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en materia de inconstitucionalidad, está referida a la nulidad de actos dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución, de lo cual emerge de forma indubitable, que el criterio acogido por el Constituyente para definir las competencias de la Sala Constitucional, atiende al rango de las actuaciones objeto de control, esto es, que dichas actuaciones tienen una relación directa con la Constitución que es el cuerpo normativo de más alta jerarquía dentro del ordenamiento jurídico en un Estado de Derecho contemporáneo.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y, en consecuencia, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO MAES APONTE, ANA MARÍA RUGGERI COVA, ANA LEONOR ACOSTA, MARÍA MEIDE RODRÍGUEZ, CARMEN AMELIA GIMÉNEZ, MARÍA BEATRIZ ARAUJO SALAS, CARMEN VETANCOURT, MARÍA TERESA ZUBILLAGA GABALDÓN, MARGARITA CUMARE BELTRÁN, HÉCTOR EDUARDO RANGEL URDANETA, RICHARD PEÑA, ARLETTE GEYER, MIRALYS ZAMORA, MARTHA ZAVALA, CARLA BOLÍVAR SÁNCHEZ, ALFREDO ORLANDO, MILDRED ROJAS, JAVIER SAAD, JENNY BAEZ, SAMANTHA ÁLVAREZ, VÍCTOR PARÍS, ARNALDO RON PEDRIQUE, MIGUEL ROMMER, RAFAEL AUGUSTO AGUILERA NARANJO, DORYS PÉREZ, LUIS ANTONIO MATA, YETTI COROMOTO AZUAJE DE ASCANIO, JEAN CARLOS GONZÁLEZ NORIEGA y VICTORIA LÓPEZ RUIZ, ya identificados, contra “(…) 1. El acto emanado de la Asamblea Nacional que aprobó el Proyecto de Reforma Constitucional presentado por el Presidente de la República y la sanción del Proyecto de Reforma Constitucional de fecha 2 de noviembre de 2007 (…); y 2) La Resolución N° 071102-2863, emanada del Consejo Nacional Electoral de fecha 2 de noviembre de 2007, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 400 de esa misma fecha, por medio de la cual se convocó a Referendo Aprobatorio del Proyecto de Reforma Constitucional y se fijo el día 2 de diciembre de 2007 para su realización (…)”.

Palabras clave

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