Sentencia N° 2499 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2499, Exp. 02-1851, 15/10/2002
Expediente02-1851
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda de amparo constitucional interpuesta por Juan Alfredo Salerno Hernández contra una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y Trabajo del Estado Anzoátegui. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer el asunto era el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la misma circunscripción judicial, declarando así su incompetencia para conocer la demanda de amparo. La decisión se fundamenta en la necesidad de que los amparos contra sentencias sean interpuestos ante un tribunal superior al que emitió la decisión presuntamente lesiva de derechos constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la circunstancia que fue descrita se circunscribe al asunto principal –salvo lo que respecta a la juez autora del acto lesivo- y no hay razón jurídica para que ello impida la decisión del presente amparo por el tribunal competente. Así se declara.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional que intentó el ciudadano JUAN ALFREDO SALERNO HERNÁNDEZ, contra la decisión que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 4 de abril de 2002. Regístrese y publíquese. Ofíciese lo conducente. Remítase el expediente al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.