Sentencia N° 2496 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2496, Exp. 01-2344, 15/10/2002
Expediente01-2344
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónCONFIRMA y HOMOLOGA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia conoció de una demanda de amparo interpuesta por varios ciudadanos contra una sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo. La Sala declaró su competencia para conocer la consulta respecto a la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que homologó el desistimiento de la acción de amparo. En consecuencia, se confirma la sentencia de la Corte y se homologa el desistimiento realizado por el abogado de los demandantes.

Extracto de la motiva

Por cuanto, con fundamento en los artículos 266, cardinal 1, 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala declaró su competencia para el conocimiento de las apelaciones y consultas respecto de las sentencias que, en materia de amparo constitucional, dicten los Juzgados Superiores de la República, salvo el caso de las que pronuncien los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo. Y por cuanto, en el caso de autos, la consulta fue elevada respecto de la sentencia que dictó, en materia de amparo constitucional, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, esta Sala declara su competencia para el conocimiento de la consulta en referencia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia que fue objeto de consulta, que dictó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 21 de junio de 2001, y HOMOLOGA el desistimiento que realizó el abogado Adolfo Hamdan González, en representación de los ciudadanos RUTH MUSKUS ALVARADO, PEDRO ELÍAS HURTADO, CIPRIANO MANUEL MOYA, CONSUELO PÉREZ SUÁREZ y AMÉRICO RODRÍGUEZ DE SOUSA, respecto de la demanda de amparo que incoaron los prenombrados ciudadanos contra la decisión que pronunció el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital el 16 de junio de 2000.

Palabras clave

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