Sentencia N° 2491 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2491, Exp. 05-1491, 18/12/2006
Expediente05-1491
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2007-12-18
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Virginia Rivero, en representación de LLOYD´S DON FUNDICIONES, C.A. La solicitud se refería a un fallo anterior que había declarado sin lugar la apelación en un caso de quiebra. La Sala argumentó que la solicitud no contenía puntos dudosos ni errores que ameritaran aclaración, sino que reflejaba la inconformidad de la solicitante con el fallo original.
Extracto de la motiva
Sobre el alcance del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, la jurisprudencia de este alto Tribunal ha precisado que en ella se regula lo concerniente a las posibles modificaciones que el juez pueda hacer a su sentencia, quedando comprendidas dentro de éstas, no sólo la aclaratoria de puntos dudosos, sino también las omisiones, rectificaciones de errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la sentencia, así como dictar las ampliaciones a que haya lugar. Sin embargo, también ha señalado este máximo Tribunal que, a través de la aclaratoria o ampliación, no puede el órgano jurisdiccional revocar, anular o dejar sin efecto la sentencia dictada, pudiendo sólo -tal como lo dispone el artículo in commento '… aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos…'. Así, pues, cuando lo que se procure con la solicitud de aclaratoria o ampliación sea cuestionar la sentencia, argumentándose que la decisión debía dictarse en una forma distinta, la aclaratoria resultará improcedente, ya que lo que se pretende es obtener la revocatoria del fallo.
Dispositiva
Por las consideraciones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada el 10 de agosto de 2006, propuesta por la abogada Virginia Rivero, actuando en su carácter de apoderada judicial de LLOYD´S DON FUNDICIONES, C.A. Téngase la presente aclaratoria como parte integrante del referido fallo. Publíquese y regístrese.