Sentencia N° 249 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 249, Exp. 15-0922, 31/03/2016
Expediente15-0922
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Toufik Al Safadi Al Safadi contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo que declaró la reposición de la causa en un juicio por nulidad de acuerdo arrendaticio. La Sala consideró que la reposición decretada era inútil y vulneraba derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, ya que no se había pronunciado sobre la litispendencia antes de admitir la reconvención propuesta por la parte demandada. La Sala revocó la decisión del Juzgado Superior, anuló los actos posteriores y ordenó que se pronunciara sobre la apelación incoada por la parte demandante. Se enfatizó que la reposición de causas debe tener un propósito útil y no meramente formal, y que las decisiones judiciales deben evitar dilaciones innecesarias que afecten el acceso a la justicia. Finalmente, se destacó la importancia de garantizar la justicia efectiva y se reiteró que el proceso judicial debe ser un medio para resolver conflictos de manera expedita, sin formalismos que obstaculicen el ejercicio de los derechos de las partes.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional tiene por finalidad la restitución de las situaciones jurídicas supuestamente infringidas como consecuencia de la decisión que dictó, el 5 de marzo de 2015, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la que anuló el auto que admitió la reconvención propuesta y la sentencia que dictó al respecto el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la misma Circunscripción Judicial y acordó reponer la causa al estado de que el mencionado juzgado antes de admitir la referida reconvención se pronunciara sobre la litispendencia detectada. Al respecto, denunció la parte accionante la violación a sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la tutela judicial efectiva, por cuanto a su decir, la mencionada reposición decretada es inútil e ineficaz, por cuanto dicho Juzgado Superior pudo haber declarado la litispendencia de oficio. Por su parte, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, al momento de resolver el recurso de apelación planteado, sostuvo, entre otras cosas, que “…se omitió pronunciamiento sobre la litispendencia antes de admitirse la reconvención que la contiene, lo que subvierte el orden público procesal, por consiguiente, en aras de restaurar el equilibrio de las partes dentro del proceso y el debido proceso, es forzoso ordenar la reposición de la causa para que el Tribunal de Municipio requiera información sobre el estado de la causa llevada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo…”.

Dispositiva

1.- DE MERO DERECHO la resolución de la presente acción de amparo constitucional. 2.- PROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta. 3.- REVOCA la decisión que dictó el 5 de marzo de 2015, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en tal sentido, se ANULAN los actos posteriores dictados como consecuencia del referido fallo y se ORDENA al Juzgado Superior en cuestión que recabe el expediente y se pronuncie sobre la apelación incoada por la parte demandante contra la sentencia dictada, el 11 de enero de 2013, por el Tribunal Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la misma Circunscripción Judicial.

Palabras clave

amparo constitucionalreposicion de causalitispendenciaderecho al debido procesotutela judicial efectiva

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