Sentencia N° 249 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 249, Exp. 08-1502, 16/04/2010
Expediente08-1502
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-04-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Teresa Cermina Mallorqui Delgado contra la sentencia del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La apelante alegó violaciones a sus derechos a la tutela judicial eficaz, al debido proceso y a la defensa, argumentando que el fallo de primera instancia carecía de determinación objetiva y requería de otros documentos para su ejecución. Sin embargo, la Sala concluyó que no existía un vicio constitucional que impidiera la ejecución del fallo, ya que el Juzgado de Primera Instancia había confirmado la decisión en todas sus partes.

Extracto de la motiva

La motivación de la decisión se centra en la revisión del fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que había declarado sin lugar la apelación interpuesta por Forklifts Parts de Venezuela C.A. La Sala Constitucional analizó si existían violaciones a los derechos constitucionales de la parte demandante, concluyendo que el Juzgado de alzada había actuado conforme a derecho al desestimar el alegato de prejudicialidad presentado por la parte demandada. Se enfatizó la importancia de la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, así como la necesidad de que los jueces apliquen el principio iura novit curia para garantizar la justicia en los procesos judiciales.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que ejerció la ciudadana TERESA CERMINA MALLORQUI DELGADO contra la sentencia dictó el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 21 de octubre de 2008. En consecuencia, se REVOCA la sentencia objeto de apelación y se declara la INADMISIÓN de la pretensión de amparo que interpuso FORKLIFTS PARTS DE VENEZUELA C.A. contra el fallo que emitió el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la misma Circunscripción Judicial, el 18 de abril de 2008.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido procesoderecho a la defensaindeterminación objetiva

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