Sentencia N° 2482 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2482, Exp. 02-1583, 15/10/2002
Expediente02-1583
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Aura Elena Becerra Nieves contra la Sala de Casación Penal de la Universidad del Zulia. La Sala argumenta que la demanda es oscura, confusa e incoherente, lo que impide su tramitación. Además, se señala que la demandante no presentó pruebas de los agravios alegados, limitándose a consignar copias simples de sentencias previas.

Extracto de la motiva

Luego de un estudio pormenorizado de las actas que componen el expediente, esta Sala observa que la presente demanda de amparo, que intentó la ciudadana Aura Elena Becerra Nieves, es de tal modo oscura, confusa e incoherente, que tal y como ha sido configurada, resulta definitiva e irreversiblemente ininteligible, lo que hace imposible su tramitación, motivos que la llevan a la declaración de la inadmisibilidad de dicha solicitud de amparo constitucional, por aplicación de la disposición que contiene el ordinal 6º de artículo 84 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia (que se ubica dentro del Titulo V, “De los procedimientos”, Capítulo I, “Disposiciones generales”) que reza: “No se admitirá ninguna demanda o solicitud que se intente ante la Corte (...): 6.- Si contiene conceptos ofensivos o irrespetuosos o es de tal modo ininteligible o contradictoria que resulte imposible su tramitación; (...)”. Asimismo, se observa que la demandante no consignó prueba alguna de los agravios que alegó, sino que se limitó a la consignación de copias simples de las sentencias que recayeron en un procedimiento que fue seguido en primera y segunda instancia y en casación (recurso este que también fue declarado ininteligible por la Sala de Casación Penal de este Tribunal), con motivo de una denuncia de fraude que formuló contra la Universidad del Zulia.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó la ciudadana AURA ELENA BECERRA NIEVES contra “...LA SALA DE CASACIÓN PENAL, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA: DR. DOMINGO BRACHO DÍAZ, DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS Y SECRETARIA DOCENTE DE DERECHO abogado ANDRÉS QUIJADA RUIZ abogada ADRIANA ROMERO VILORIA...”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparoinadmisibilidadderechos humanoseducacióndebido procesoconstituciónuniversidadfraude

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca