Sentencia N° 2479 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2479, Exp. 02-2120, 15/10/2002
Expediente02-2120
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Nélido Lima Castañeda contra irregularidades cometidas por un juez accidental. La Sala determinó que la acción debía ser conocida por un Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, declarándose incompetente para conocer del caso. Además, ordenó la designación de un juez superior accidental para atender la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Visto que, según se desprende de autos, la acción de amparo fue intentada contra una decisión dictada por un tribunal de primera instancia, en el transcurso de un proceso de interdicto restitutorio, esta Sala considera que el tribunal competente para conocer de la presente acción de amparo constitucional es un Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Así se decide. No obstante, como quiera que la parte actora denuncia la falta de constitución del Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, el cual resulta, como se ha dicho precedentemente, el competente para conocer y decidir la presente causa, esta Sala como garante del buen funcionamiento del poder judicial y en resguardo del orden público constitucional, ordena a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura se sirva designar un juez superior accidental para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Nélido Lima Castañeda, para lo cual contará con un lapso de cinco (5) días contados a partir de la recepción de la presente sentencia. Igualmente, se ordena a la referida Dirección informar de las gestiones pertinentes a esta Sala, de manera inmediata.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer de la acción de amparo constitucional intentada el ciudadano NÉLIDO LIMA CASTAÑEDA, en su carácter de presidente y representante legal de las sociedades mercantiles RADIO AMBIENTE 107.3 FM, C.A. y LA SUPERESTACIÓN 107.3 FM, C.A., asistido por el abogado Mario José Meléndez Ramos, contra las “...flagrantes irregularidades que cometió el juez Accidental Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy...”; DECLINA LA COMPETENCIA en un Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial y ORDENA a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura se sirva designar un juez superior accidental para conocer del amparo constitucional ejercida por el accionante.