Sentencia N° 2471 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2471, Exp. 01-1757, 15/10/2002
Expediente01-1757
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Alfredo José Roa Cambero contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró inadmisible su acción de amparo. La Sala determinó que la apelación era improcedente, ya que no se evidenció extralimitación de funciones por parte del Juzgado de Control y que la acción de amparo no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo fue interpuesta en contra de una decisión judicial, por lo tanto, es menester de esta Sala determinar si la misma cumple con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual dispone: “Igualmente procede la acción de amparo cuando un tribunal de la República, actuando fuera de su competencia, dicte una resolución o sentencia u ordene un acto que lesione un derecho constitucional. En estos casos, la acción de amparo debe interponerse por ante un tribunal superior al que emitió el pronunciamiento, quien decidirá en forma breve, sumaria y efectiva.” De lo anterior se desprende que para que proceda la acción de amparo constitucional contra decisiones judiciales, deben presentarse concurrentemente dos requisitos indispensables: en primer lugar, que el juzgador haya actuado fuera del ámbito de su competencia, y en segundo lugar, que la acción no sea utilizada para revisar la materia ya decidida, es decir, consiste en la imposibilidad de solicitar a través de la vía del amparo, la revisión de hechos controvertidos, previamente decididos, dado que ello atentaría contra el principio de la Cosa Juzgada, en perjuicio de la inmutabilidad de la sentencia.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano ALFREDO JOSÉ ROA CAMBERO, contra la decisión que dictó el 13 de julio de 2001, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada en los términos expuestos en el presente fallo y se declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por dicho ciudadano contra la decisión dictada el 11 de junio de 2001, por el Tribunal de Control N° 6 del mismo Circuito Judicial Penal.

Palabras clave

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