Sentencia N° 247 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de febrero de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0247, Exp. 17-0001, 25/07/2019
Expediente17-0001
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-02-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos del 'Estatuto que rige la transición a la democracia' dictado por la Asamblea Nacional, por colidir con la Constitución. Se exhorta al Ministerio Público a investigar penalmente las conductas delictivas y se ordena la notificación a la Asamblea Nacional Constituyente sobre el pronunciamiento de la Sala. Además, se ratifica que cualquier actuación de la Asamblea Nacional en contra de esta decisión será nula y carente de validez.
Extracto de la motiva
Vista la transcripción anterior, esta Sala Constitucional, como máxima garante de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reitera que en el fallo n° 6 de esta Sala, transcrito ut supra ya hubo pronunciamiento expreso respecto a la naturaleza del “Estatuto que rige la transición a la Democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” dictado por la Asamblea Nacional en desacato, el cual es nulo de nulidad absoluta y carente de efectos.
Dispositiva
1.- LA NULIDAD ABSOLUTA y CARENCIA DE EFECTOS JURÍDICOS del 'Acuerdo de Rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela', dictado el 26 de junio de 2018, por la Asamblea Nacional, así como el 'Acuerdo sobre la Designación del Directorio Ad-Hoc del Banco Central de Venezuela', dictado el 16 de julio del año en curso por el mismo órgano legislativo. 2.- Las designaciones de autoridades del Banco Central de Venezuela que se hagan en atención a los acuerdos antes señalados, son NULAS DE NULIDAD ABSOLUTA.