Sentencia N° 247 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de marzo de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0247, Exp. 17-1198, 13/03/2018
Expediente17-1198
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por Jairo Iván Colmenares Pulido, argumentando que la violación de derechos constitucionales denunciada constituye una situación irreparable. La decisión se basa en que el actor puede recurrir a la apelación de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que permite restablecer la situación jurídica infringida. Además, se declara improcedente la solicitud de avocamiento presentada de manera subsidiaria.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Delimitada como ha sido la competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional, esta Sala Constitucional pasa a decidir y para ello observa: 1. De la admisibilidad de la acción. A fin de proveer sobre la admisibilidad de la acción ejercida, esta Sala considera necesario traer a colación lo previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que dispone: “Artículo 6. No se admitirá la acción de amparo: (…omissis…) 3) Cuando la violación del derecho o la garantía constitucionales, constituya una evidente situación irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida. Se entenderá que son irreparables los actos que, mediante el amparo, no puedan volver las cosas al estado que tenían antes de la violación (…)”. Como puede apreciarse de la norma citada, el legislador patrio consideró que la acción de amparo constitucional debe ser declarada
Dispositiva
1. INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano JAIRO IVÁN COLMENARES PULIDO. 2. IMPROCEDENTE la solicitud de avocamiento presentada de manera subsidiaria a la acción de amparo constitucional.