Sentencia N° 247 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de marzo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 247, Exp. 13-1225, 29/03/2016
Expediente13-1225
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Karin del Valle Ochoa Simancas, anulando la sentencia N° 2013-1071 de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La Sala argumenta que la Corte de instancia vulneró derechos constitucionales al no pronunciarse sobre todos los alegatos presentados, especialmente en relación con la incapacidad de la demandante y su derecho a la seguridad social. Se ordena a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo emitir una nueva decisión sobre el recurso de apelación correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el caso, concluye que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo no consideró adecuadamente los derechos de la accionante, especialmente en lo que respecta a su estado de salud y la protección que le corresponde como funcionaria pública. Se destaca que la falta de pronunciamiento sobre los alegatos de la parte recurrente constituye una violación del derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva. La Sala enfatiza la importancia de garantizar el derecho a la salud y la seguridad social de los funcionarios públicos, especialmente en situaciones de incapacidad.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Alí Daniels, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 41.143, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KARIN DEL VALLE OCHOA SIMANCAS, titular de la cédula de identidad N° 11.412.841, contra la sentencia N° 2013-1071 dictada el 13 de junio de 2013 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. SEGUNDO: Se ANULA la sentencia impugnada. TERCERO: Se ORDENA a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que emita una nueva decisión respecto al recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada el 22 de noviembre de 2010, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, conforme a lo señalado en este fallo. CUARTO: Se ORDENA a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que una vez recibida la notificación respectiva, remita inmediatamente el expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que se emita el aludido pronunciamiento.
Palabras clave
Amparo ConstitucionalDerecho a la SaludSeguridad SocialCorte Primera de lo Contencioso AdministrativoKarin del Valle Ochoa Simancas