Sentencia N° 2467 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2467, Exp. 04-1363, 22/10/2004
Expediente04-1363
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-10-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Alfredo Bello Vicentini contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral que calificó como inválida su solicitud de referendo revocatorio. La Sala determinó su competencia y analizó la admisibilidad de la acción, concluyendo que la situación denunciada era irreparable, lo que llevó a declarar inadmisible la acción de amparo. La decisión se fundamenta en la falta de potestad del Consejo Nacional Electoral para establecer condiciones adicionales a las previstas en la Constitución.

Extracto de la motiva

Visto que en el presente caso la acción de amparo se interpuso contra la Resolución nº 040302-131 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 2 de marzo de 2004, esta Sala Constitucional, con fundamento en lo establecido en el artículo 5.18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, de declara competente para conocer del amparo incoado. Así se declara. Visto igualmente que el Consejo Nacional Electoral convocó, organizó y realizó la consulta referendaria que constituye el objeto de la pretensión, para esta Sala resulta evidente que la presunta lesión, y la situación denunciada es irreparable, lo cual, constituye una causal de inadmisibilidad expresamente contenida en el numeral 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, esta Sala declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Alfredo Bello Vicentini, contra la Resolución nº 040302-131, dictada el 2 de marzo de 2004, por el Consejo Nacional Electoral. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalreferendo revocatorioConsejo Nacional Electoralinscripción electoralderechos constitucionalesinadmisibilidadacción de amparo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca