Sentencia N° 246 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de marzo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 246, Exp. 15-1134, 29/03/2016
Expediente15-1134
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia n.° 1496, declarando inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Robert Alexander Alvarado López en representación de Kamel Salame Ajami. La acción fue motivada por la omisión de pronunciamiento de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua respecto a un amparo ejercido el 27 de agosto de 2015. La Sala consideró que la acción era inadmisible debido a que se había comprobado el cese de la supuesta violación a los derechos constitucionales del demandante.
Extracto de la motiva
Para decidir acerca de la acción interpuesta, esta Sala Constitucional observa que, en fecha 26 de noviembre de 2015, mediante sentencia n.° 1496, acordó solicitar a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que informara en qué estado procesal se encontraba la causa signada con el alfanumérico 1Aa-11847-15 (nomenclatura de esa Corte de Apelaciones), y ordenó remitiera anexo a dicho informe, copia certificada de todas las actuaciones realizadas ante ese juzgado hasta la fecha en que el mismo fuera enviado, esto con el fin de pronunciarse sobre el amparo ejercido. En virtud de la solicitud planteada, en fecha 19 de enero de 2016, se recibió vía fax copia certificada de la decisión N° 940 dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en fecha 01 de octubre de 2015, en donde se evidencia la siguiente Dispositiva: Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado ROBERT ALEXANDER ALVARADO LOPEZ, a favor del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, en contra del Juzgado Quinto (5°) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado ROBERT ALEXANDER ALVARADO LOPEZ, a favor del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, en contra del Juzgado Quinto (5°) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinal 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobe Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, de conformidad con el numeral 1, del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo intentada por el abogado ROBERT ALEXANDER ALVARADO LOPEZ, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, contra la omisión en la que presuntamente ha incurrido la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de pronunciarse respecto del amparo ejercido por esa defensa el 27 de agosto de 2015, contra “la omisión de pronunciamiento y de trámite oportuno de petición consumada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones 5° (sic) de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, específicamente en cuanto al trámite de la solicitud dirigida a la Jueza Provisoria Mary Carmen Amarista Herrera, en fecha 18 AGO 2015 (AUTORIZACIÓN DE CUIDADO DE ENFERMERÍA ESPECIALIZADO [EXPEDIENTE 1Aa-11847-15] )”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.