Sentencia N° 2455 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2455, Exp. 06-1515, 18/12/2006
Expediente06-1515
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-12-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la abogada María de los Ángeles González Villacreces en representación de Santiago Adolfo Villegas Delgado, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo. La apelación se basó en la supuesta omisión de los Juzgados Sexto y Séptimo de Primera Instancia en no fijar la audiencia de presentación dentro del plazo legal de 48 horas, lo que se alegó como una violación al debido proceso y al derecho a la libertad del imputado.
La Sala determinó que la acción de amparo era inadmisible, ya que la supuesta violación cesó cuando se celebró la audiencia de presentación el 28 de agosto de 2006. Se concluyó que la falta de fijación de la audiencia no constituía un agravio, dado que la audiencia se realizó posteriormente, lo que desvirtuó la alegación de violación de derechos constitucionales. Por lo tanto, se confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones y se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto.
Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, remitiendo el expediente al tribunal de origen.
Dispositiva
1° SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada María de los Ángeles González Villacreces, actuando como defensora del ciudadano Santiago Adolfo Villegas Delgado, el 15 de septiembre de 2006, contra la decisión emitida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. 2° CONFIRMA en los términos expuestos la decisión que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, de conformidad con el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, respecto a las supuestas omisiones de los Juzgados Sexto y Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
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