Sentencia N° 2444 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de septiembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2444, Exp. 01-2313, 01/09/2003
Expediente01-2313
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-09-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por VOLCANES PRADA AGENTES ADUANALES C.A. en representación de SNACKS AMERICA LATINA VENEZUELA, S.R.L. contra el Gerente de la Aduana Principal de La Guaira, por la imposición de una pena de comiso sobre mercancía importada. La Sala analizó la competencia y el fondo del asunto, concluyendo que la acción de amparo era procedente debido a la violación de derechos constitucionales y la falta de información adecuada por parte de la administración aduanera.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional tiene siempre por objeto el restituir una situación jurídica subjetiva cuando se han producido violaciones constitucionales. En tal sentido, el amparo no debe entenderse como un medio sustitutivo de los recursos procesales ordinarios o extraordinarios, sino que es un mecanismo destinado exclusivamente a proteger el goce y ejercicio de los derechos constitucionales, y su uso no es permitido para un fin distinto del que le es propio. En consecuencia, es criterio de esta Sala, formado al hilo de los razonamientos precedentes, que la acción de amparo constitucional, opera en su tarea específica de encauzar las demandas contra actos, actuaciones, omisiones o abstenciones lesivas de derechos constitucionales, bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha; o b) Ante la evidencia de que el uso de los medios judiciales ordinarios, en el caso concreto y en virtud de su urgencia, no dará satisfacción a la pretensión deducida.
Dispositiva
REVOCA la decisión dictada el 18 de mayo de 2001, por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por VOLCANES PRADA AGENTES ADUANALES, C.A., actuando en representación de SNACKS AMERICA LATINA VENEZUELA, S.R.L., contra el Gerente de la Aduana Principal de La Guaira, ciudadano Wencio Alexander Valera Pereira, por haber impuesto pena de comiso.
Palabras clave
amparo constitucionalcomisoderecho de propiedadadministración aduaneramercancía importadaviolación de derechosreconocimiento de mercancía