Sentencia N° 244 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 244, Exp. 12-1184, 05/04/2013
Expediente12-1184
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-05
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

El abogado César Ernesto Arenas Castro solicitó la revisión de una sentencia firme dictada el 15 de junio de 2011, que declaró sin lugar su apelación en un juicio por retracto legal arrendaticio. La Sala Constitucional, al analizar la solicitud, determinó que el Juzgado Superior había actuado conforme a derecho y no había incurrido en errores de interpretación de la norma constitucional. Se argumentó que el fallo no contradecía la jurisprudencia de la Sala Constitucional y que la revisión no debía ser entendida como una nueva instancia.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional observa que, del escrito presentado por el ciudadano César Ernesto Arenas Castro, se desprende su inconformidad con el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y con el fallo de primera instancia, ya que realizó los mismos planteamientos que en su momento señaló en el recurso de apelación y, posteriormente, en el amparo ejercido ante esta Sala Constitucional, dejando así en evidencia que lo que pretende el peticionante con la presente solicitud es que una nueva instancia resuelva lo que ya fue debatido ante los tribunales de instancia, y ante esta Sala a través del amparo, toda vez que obtuvo, de todas las anteriores instancias y acciones ejercidas, pronunciamientos que le fueron desfavorables.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado CÉSAR ERNESTO ARENAS CASTRO, actuando en nombre propio, contra la sentencia dictada, el 15 de junio de 2011, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.

Palabras clave

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