Sentencia N° 243 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de septiembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 243, Exp. 09-1356, 16/04/2010
Expediente09-1356
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-09-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió desaplicar las normas del Código Penal que establecen la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, argumentando que esta pena es excesiva y contraria a la libertad plena del penado. Se fundamenta en la interpretación de que dicha pena, aunque no es principal, restringe la libertad del individuo que ha cumplido su condena, lo que va en contra del espíritu de la Constitución. La decisión se basa en la necesidad de garantizar la reinserción social del penado y evitar la prolongación de la privación de libertad más allá de lo establecido constitucionalmente.
Extracto de la motiva
La pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad es excesiva de la pena que causa el delito. La sujeción a la vigilancia de la autoridad, a pesar de que no es una pena principal, restringe la libertad plena a la que tiene derecho el penado luego de cumplida la pena principal. Esta plenitud no es alcanzada por el ciudadano que cumplió su pena principal, ya que debe sujetarse a una pena accesoria que, en fin, se trata de una extensión de hecho de la condena privativa de libertad, pudiendo exceder con creces la privativa de libertad a la pena máxima que establece constitucionalmente el artículo 44.3 in fine de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Se desaplica la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad a favor del ciudadano Edwin Alberto Pirela, ordenando la remisión de la presente resolución al Tribunal Supremo de Justicia en la oportunidad legal correspondiente.
Palabras clave
desaplicaciónpena accesoriavigilancia de la autoridadlibertad plenareinserción social