Sentencia N° 2429 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2429, Exp. 05-0515, 01/08/2005
Expediente05-0515
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónNO ACEPTA LA REMISIÓN

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente de amparo constitucional interpuesto por la abogada Sinamaica G. de Bello en representación de Isabel Ximena Bello Guedexz. La acción se originó por la omisión de otorgar documentación relacionada con derechos laborales y de seguridad social. Tras analizar el caso, la Sala determinó que el juzgado remitente no debía haber enviado el expediente, ya que se había satisfecho el doble grado de jurisdicción.

Extracto de la motiva

Advierte esta Sala que, contra las decisiones que dictan los juzgados superiores cuando conocen en consulta o apelación, no es posible el ejercicio, nuevamente, de apelación ni procede una nueva consulta, pues el juicio de amparo -como todos los demás juicios- no admite, en el ordenamiento jurídico venezolano, una tercera instancia. Como garantía del efectivo ejercicio del derecho de la defensa y de la preservación de la seguridad jurídica que dimana de la cosa juzgada, se acoge pacíficamente el principio universalmente reconocido del doble grado de jurisdicción.

Dispositiva

Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO ACEPTA LA REMISIÓN que hizo el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del expediente continente de la solicitud de Amparo Constitucional, que interpuso la abogada Sinamaica G. de Bello, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ISABEL XIMENA BELLO GUEDEXZ, ya identificada. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

amparo constitucionalremisión de expedientedoble grado de jurisdicciónderechos laboralesseguridad socialconsulta obligatoriainactividad procesal

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