Sentencia N° 2423 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2423, Exp. 02-1196, 11/10/2002
Expediente02-1196
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia inadmite la acción de amparo constitucional presentada por las ciudadanas Nancy Monsalve y Marianela Marín Estrada contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. La inadmisión se fundamenta en que la situación planteada puede ser ventilada a través del recurso de nulidad previsto en las Normas de Evaluación y Concursos de Oposición para el Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial. La Sala ratifica su competencia para conocer de acciones de amparo contra las máximas autoridades del Poder Público, incluyendo la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Extracto de la motiva
La inadmisión de la acción de amparo, a falta del agotamiento de las vías judiciales preexistentes, se ha fundado tradicionalmente en lo dispuesto en el artículo 6.5. de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, según el cual: '6. No se admitirá la acción de amparo: (...) 5) Cuando el agraviado haya optado por recurrir a las vías judiciales ordinarias o hecho uso de los medios judiciales preexistentes. En tal caso, al alegarse la violación de un derecho o garantía constitucionales, el Juez deberá acogerse al procedimiento y a los lapsos establecidos en los artículos, 23, 24 y 26 de la presente Ley, a fin de ordenar la suspensión provisional de los efectos del acto cuestionado.' Es así como, en concordancia con lo expuesto anteriormente, la Sala estima pertinente señalar que la norma trascrita consagra simultáneamente el supuesto de admisión e inadmisión de la acción de amparo.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, INADMITE la acción de amparo propuesta por las ciudadanas Nancy Monsalve y Marianela Marín Estrada, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (Comisión Coordinadora de Evaluación y Concursos para Ingreso y Permanencia en el Poder Judicial). Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidaddirección ejecutiva de la magistraturarecursos judicialesderechos fundamentalesnormas de evaluaciónpoder judicial