Sentencia N° 240 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0240, Exp. 20-202, 11/06/2021
Expediente20-202
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 0145, en la que se levantan las medidas cautelares impuestas en la sentencia número 0064 de fecha 22 de mayo de 2020, relacionadas con la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA). Se ordena a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) tomar posesión inmediata de los bienes de la empresa y garantizar la continuidad del servicio de televisión por suscripción.

Extracto de la motiva

Ahora bien, a la presente fecha se materializó el trámite atinente a la transacción mercantil relacionada con la compra-venta total de las acciones por parte del operador de telecomunicaciones Sociedad Mercantil DIRECTV LATIN AMERICA, LLC a la Sociedad Mercantil SCALE USA HOLDING LLC, previo análisis y visto bueno otorgado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), en fecha 01 de octubre de 2020, suscrito por el ciudadano Jorge Eliezer Márquez Monsalve, actuando con el carácter de Director General (E), mediante oficio alfanumérico DG/2020/N° 0951 de fecha 30 de septiembre de 2020, esta Sala Constitucional, en ejercicio del poder cautelar que le confiere el artículo 130 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, resuelve levantar todas las medidas cautelares contenidas en la sentencia número 0064 de fecha 22 de mayo de 2020, que declaró: “PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional en tutela de derechos e intereses colectivos y difusos ejercida por los ciudadanos ISRAEL REINALDO MARIN MARTINEZ y WILLIAM ARTURO FUENTES ULLOA, actuando en su carácter de miembros y voceros del comité de usuarios y usuarias denominado ‘FRENTE DE USUARIOS Y USUARIAS PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS COMUNICACIONALES’. En consecuencia, la misma está plenamente facultada para realizar cualesquiera actos de administración, operatividad y funcionamiento necesarios para el cumplimiento de la tutela cautelar acordada por esta Sala Constitucional en sentencia N° 0064 del 22 de mayo de 2020.

Dispositiva

Se ORDENA a la Junta Administradora ad hoc verificar inmediatamente la posible situación de cobranza que pudiera haberse generado desde la cesación del servicio, en cuyo supuesto debe informar de inmediato a esta Sala.

Palabras clave

telecomunicacionesmedidas cautelaresamparo constitucionalderechos colectivostransacción mercantil

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