Sentencia N° 240 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 240, Exp. 10-0757, 04/03/2011
Expediente10-0757
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 1 de junio de 2010 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la ciudadana Miryam Janeth López Payares. La apelación se basó en la supuesta omisión de defensas y en la incongruencia de la decisión del juzgado de alzada. La Sala concluyó que no se presentaron los supuestos necesarios para la revisión, ya que no se evidenció la violación de derechos fundamentales ni se aportaron argumentos que justificaran la nulidad solicitada.

Extracto de la motiva

En el presente caso se pretende la revisión de la decisión dictada el 1 de junio de 2010 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, que declaró 'SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de abril de 2010, por el abogado Arnaldo Moreno León, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Miryam López Payares, contra la sentencia definitiva dictada el 05 de abril de 2010, por el Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo'. La Sala Constitucional considera que la decisión impugnada no incurrió en violaciones a los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, ya que la parte solicitante no estableció la relación necesaria entre los hechos denunciados y las normas constitucionales supuestamente infringidas.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por los abogados Arnaldo Moreno León y Zaida Jaspe Mora, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Miryam Janeth López Payares, ya identificados, contra la sentencia dictada el 1 de junio de 2010 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

arrendamientocontratonulidadderechosprocedimientojusticiadefensa

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