Sentencia N° 24 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0024, Exp. 18-0135, 23/02/2023
Expediente18-0135
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-02-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 23 de febrero de 2023, se pronunció sobre la apelación interpuesta por la abogada Yoleide Baptista Muchacho en representación del ciudadano Jaime José Gaya Araujo, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la solicitud de amparo constitucional. La Corte de Apelaciones fundamentó su decisión en la falta de pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia, alegando que no existió violación de derechos constitucionales.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 12 Conoce la Sala, de la apelación ejercida el 20 de febrero de 2017, por la abogada Yoleide Baptista Muchacho, actuando como defensora del ciudadano Jaime José Gaya Araujo, previamente identificado, contra la decisión dictada el 15 de febrero de 2017, por Corte de Apelaciones Sala Especial de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, mediante la cual declaró inadmisible con fundamento en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la solicitud de amparo constitucional que interpuso la defensa del referido ciudadano, contra la omisión de pronunciamiento que le atribuye al Juzgado
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Yoleide Baptista Muchacho, en su condición de defensora del ciudadano JAIME JOSÉ GAYA ARAUJO. TERCERO: CONFIRMA la decisión dictada el 15 de febrero de 2017, por la Sala Especial de Violencia Contra la Mujer, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; en cuanto a la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud de amparo constitucional ejercida, conforme al numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.