Sentencia N° 24 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de febrero de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 24, Exp. 14-1314, 13/02/2015
Expediente14-1314
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-02-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Simón David Bastardo Parra, en su carácter de defensor de Marlenys Carolina Sequera Aguilar, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala concluyó que el abogado no acreditó su condición de defensor, lo que llevó a la inadmisibilidad de la acción. Finalmente, se confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha señalado que la legitimación para demandar en amparo constitucional la tienen, en principio, quienes hayan sido directamente afectados en sus derechos constitucionales y no aquellos que tengan un simple interés en que la misma sea procedente. En este caso, el abogado Simón David Bastardo Parra no logró acreditar su condición de apoderado judicial de la ciudadana Marlenys Carolina Sequera Aguilar, lo que llevó a la conclusión de que la acción de amparo debía ser declarada inadmisible.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Simón David Bastardo Parra, en su carácter de defensor de la ciudadana MARLENYS CAROLINA SEQUERA AGUILAR, ya identificados. En consecuencia, se CONFIRMA, en los términos expuestos, el fallo dictado el 19 de noviembre de 2014, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.
Palabras clave
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