Sentencia N° 24 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de febrero de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 24, Exp. 10-0951, 15/02/2011
Expediente10-0951
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la pretensión de amparo interpuesta por los abogados de Jhon Pernía Omaña contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. La acción se fundamenta en la supuesta violación de derechos constitucionales, pero la Sala determina que la violación ha cesado debido a la anulación de la sentencia absolutoria en un juicio posterior. Por lo tanto, se concluye que no hay base para continuar con el amparo.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que la pretensión de amparo cumple los requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que procede a verificar si se encuentra incursa en los supuestos de inadmisibilidad previstos en dicha ley. En este sentido, la Sala advierte que tanto la sentencia absolutoria pronunciada el 19 de julio de 2010 como la decisión que declaró con lugar la aplicación del efecto suspensivo solicitado por el Ministerio Público fueron anuladas, lo que implica que los efectos de la sentencia hoy accionada han cesado.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo interpuesta por los abogados Javier Enrique Rojas Aguado, Pablo Espinal Fernández y Henry Castillo Márquez, defensores privados del ciudadano JHON PERNÍA OMAÑA, contra la sentencia dictada el 28 de julio de 2010 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy.