Sentencia N° 2398 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2398, Exp. 05-1386, 01/08/2005
Expediente05-1386
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite la acción de habeas data interpuesta por José Gregorio Molina Franquin, quien solicita la eliminación de una reseña de su detención policial. La Sala determina su competencia para conocer el caso, dado que el juzgado de origen se declaró incompetente. Se establece que el derecho a la información y la protección de datos personales son fundamentales, y se ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas que suministre la información requerida sobre el demandante.
Extracto de la motiva
Una vez determinada la competencia para resolver la presente acción de habeas data, pasa la Sala a pronunciarse sobre la misma y, al respecto, observa: En el presente caso el ciudadano José Gregorio Molina Franquin interpone la acción de habeas data con el propósito de que se suprima de los archivos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas la reseña de la detención policial de la que fue objeto, de allí que esta Sala, conforme lo establecido en el fallo dictado el 23 de agosto de 2.000 (caso: Ruth Capriles y otros), considere que es evidente el interés directo que ostenta el accionante para solicitar que se excluyan sus datos o información. En relación con la legitimación pasiva, observa esta Sala que el accionante señaló como agraviante al Cuerpo Técnico de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División del Estado Carabobo, por cuanto –a su decir- dicho cuerpo policial levantó un archivo en el que hace constar la detención policial y lo que se peticiona en su escrito es la supresión de la reseña que aparece en los referidos archivos. Ahora bien, por cuanto es evidente la posibilidad de que se le esté causando un agravio al accionante, que merezca de la debida tutela, por tratarse del ejercicio de uno de los derechos consagrados en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativo a la actualización de datos, esta Sala, en virtud de que no se evidencia que la presente acción esté incursa en alguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 19, párrafo quinto, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicables a todas las solicitudes o demandas intentadas ante este Tribunal Supremo de Justicia, admite la acción de habeas data cuanto ha lugar en derecho y acuerda darle el trámite correspondiente. Así se decide.
Dispositiva
1.- ACEPTA la competencia que le fue declinada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. 2.- ADMITE la acción de habeas data interpuesta por el ciudadano José Gregorio Molina Franquin. 3.- ORDENA emplazar al encargado del Centro de Información del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), contra quien obra la presente demanda, a los fines de que exponga lo que a bien tenga. Este emplazamiento puede hacerse mediante fax, correo ordinario o electrónico, u otro medio que permita la recepción de la compulsa de la demanda. 4.- ORDENA la publicación de un cartel en el diario “El Nacional” o “Últimas Noticias”, emplazando para el décimo (10°) día siguiente a la última notificación para este acto a cuantas personas tengan interés en la presente demanda. En cualquier caso de oposición, ésta se sustanciará por los trámites del procedimiento ordinario con citación del Ministerio Público, entendiéndose que la oposición formulada equivale a la contestación de la demanda, todo ello a tenor de lo dispuesto en la mencionada norma. 5.- Líbrense oficios por Secretaría al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), a fin de que suministre a este Tribunal la información que posea respecto al ciudadano José Gregorio Molina Franquin.
Palabras clave
habeas dataderecho a la informacióndetención policialderecho al honorCICPCactualización de datoscompetenciareserva de información