Sentencia N° 239 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 239, Exp. 13-0328, 09/04/2014
Expediente13-0328
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-04-09
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La ciudadana Yanis Matheus Suárez solicitó la revisión de la sentencia N° 872 dictada por la Sala Político Administrativa, que declaró desistido su recurso contencioso administrativo. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos presentados, concluyó que no hubo violación de los derechos al debido proceso y a la defensa, ya que la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada. La Sala determinó que la tramitación del recurso se realizó conforme a la ley y que no se evidenció error en la actuación del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional tiene atribuida la potestad de revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva. En el caso de autos, advierte la Sala que el 26 de abril de 2011 se designó ponente y se fijó la realización de la referida audiencia de juicio para el ‘…12.05.11…’ (folio 44). Posteriormente, mediante auto librado el 11 de mayo de ese mismo año, se difirió dicho acto para el ‘…02.06.2011 a las 9:40 a.m.’ (folio 50). Asimismo, se aprecia que llegada la oportunidad para la celebración del mencionado acto la parte actora no compareció, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente mediante auto de Secretaría del 2 de junio de 2011 (folio 51). En atención a lo anteriormente expuesto, y visto que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal de asistir a la audiencia de juicio previamente fijada; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Dispositiva

Por los fundamentos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley declara NO HA LUGAR la revisión constitucional interpuesta por la representación judicial de la ciudadana YANIS MATHEUS SUÁREZ de la sentencia N° 872 del 12 de julio de 2011 dictada por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

derecho a la defensadebido procesorevisión constitucionaljurisdicción contencioso administrativaaudiencia de juicionotificacionessanciones

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