Sentencia N° 2386 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2386, Exp. 04-0740, 01/08/2005
Expediente04-0740
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación de una decisión dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, que había declarado con lugar una acción de amparo constitucional. La Sala determinó su incompetencia para conocer la apelación, ya que el caso debía ser remitido a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dado que la acción de amparo se había ejercido contra decisiones de un Juzgado Superior en materia contencioso-administrativa.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al examinar la apelación, constató que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo había actuado en el marco de su competencia, pero que la apelación debía ser conocida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Se enfatizó que las acciones de amparo contra decisiones de última instancia de los Juzgados Superiores en materia contencioso-administrativa deben ser revisadas por el órgano superior correspondiente, en este caso, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley; 1.- Se declara INCOMPETENTE para conocer la apelación de la decisión dictada el 15 de diciembre de 2003, por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional por la abogada Lieska Boadas de González, actuando en el carácter de Síndico Procuradora del MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, contra los autos proferidos el 2 de mayo y 21 de octubre de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, mediante los cuales se decretó la ejecución voluntaria y forzosa, respectivamente, de la sentencia dictada el 16 de mayo de 2001, que declaró con lugar el juicio por cobro de prestaciones sociales incoado contra el referido Municipio. 2. Declara COMPETENTE para conocer de la presente apelación a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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