Sentencia N° 2382 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de agosto de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2382, Exp. 03-0241, 27/08/2003
Expediente03-0241
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-08-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda presentada por Alfonso López Quimbay en nombre del colectivo 'representado por todos los Niños y Adolescentes', solicitando el restablecimiento de la educación en el país debido a un paro general de actividades. La Sala argumenta que la situación que motivó la demanda ha cesado, ya que el paro cívico nacional culminó y las actividades educativas se han restablecido. Por lo tanto, la pretensión es considerada inadmisible de acuerdo con la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La situación que denunció la parte actora cesó, puesto que es un hecho notorio que el llamado paro cívico nacional culminó, y que se restituyeron las actividades educativas cuya supuesta interrupción, en criterio de quien demandó, atentaría contra los derechos de 'todos los Niños y Adolescentes'. En efecto, la Sala precisa que la demanda de autos se interpuso con el objeto de que 'se transmitan en forma simultánea y en tiempo real de asistencia a Clases [por los medios de comunicación social] las materias comprendidas en el pensum educativo en su(s) diferentes niveles' y, se insiste, la situación que pretendía remediarse con tal petitorio cesó; de modo que la pretensión de la parte actora es inadmisible y, por tanto, de conformidad con el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda que intentó el ciudadano ALFONSO LÓPEZ QUIMBAY, en nombre del colectivo 'representado por todos los Niños y Adolescentes', para el restablecimiento de la educación en el país, con ocasión del suceso que fue denominado como paro general de actividades. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.