Sentencia N° 238 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de marzo de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0238, Exp. 17-0875, 13/03/2018
Expediente17-0875
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-13
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por el defensor de Junior Barrios Cedeño, quien enfrenta un proceso penal por abuso sexual a una niña. La Corte de Apelaciones había anulado la audiencia preliminar dictada por el Juzgado Tercero, argumentando que el juez no motivó adecuadamente su decisión de sobreseimiento. La Sala Constitucional concluye que la apelación fue válida y que no se vulneraron derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

motivada sobre la admisión o no del acto conclusivo de acusación, con prescindencia del vicio señalado en la presente decisión”, en el marco del proceso penal que se le sigue a su representado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta comisión de los delitos de abuso sexual a niña con penetración en grado de continuidad, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, violencia psicológica, acoso u hostigamiento y violencia física, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la niña (se omite identidad conforme con dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) (Negrillas del fallo citado). El 14 de agosto de 2017, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, quien con tal carácter suscribe el presente fallo. Realizado el estudio individual de las actas que conforman el presente expediente, esta Sala Constitucional pasa a decidir previas las siguientes consideraciones: I DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EJERCIDA CON MEDIDA CAUTELAR Alegó el apoderado judicial del accionante lo que a continuación se resume: Que “[e]l 14 de enero de 2.015, la ciudadana Yance Katerin, interpuso ante la Sub-Delegación Oeste del C.I.C.P.C., denuncia contra el ciudadano Junior José Barrios Cedeño, indicando que abusaba IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 27 sexualmente de manera violenta de su hija Y.Y.C.Y., de 10 años de edad” y que “[e]l 07 de Octubre (sic) de 2.015, el Ministerio Público presentó acusación en contra del ciuda

Dispositiva

Se declara improcedente in limine litis la presente acción de amparo constitucional ejercida por el defensor privado del ciudadano JUNIOR BARRIOS CEDEÑO.

Palabras clave

amparo constitucionalabuso sexualniñaCorte de Apelacionesderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca