Sentencia N° 2376 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2376, Exp. 07-1155, 19/12/2007
Expediente07-1155
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-19
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de ampliación de la sentencia núm. 2010 del 26 de octubre de 2007, presentada por LUIS IGNACIO DIEGO LASSO a través de su abogado. El solicitante argumentó que la sentencia original no abordó adecuadamente sus derechos a la protección y reparación de su honor tras la condena por calumnia de su agresor. Sin embargo, la Sala concluyó que la sentencia original era suficiente y no daba lugar a la ampliación solicitada, declarando la solicitud como improcedente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la presente solicitud fue interpuesta al día siguiente de la publicación del fallo cuya ampliación se requiere, lo cual advierte que fue presentada en forma oportuna. Luego de examinar detenidamente la sentencia núm. 2010 del 26 de octubre de 2007, con relación a la vaga y subrepticia pretensión de su ampliación respecto a los derechos a “...demandar la protección y reparación o restablecimiento del honor, propia imagen y reputación...”, esta Sala observa, con meridiana claridad, que aquella se basta a sí misma, que cumple a cabalidad con el principio de exahustividad y que, por ende, no da cabida a la referida ampliación. En efecto, la sentencia objeto de la presente solicitud de ampliación evidencia que esta Sala, luego de un minucioso análisis de la decisión accionada, a la luz de la demanda de amparo interpuesta, y luego de haber plasmado una detallada, precisa, clara y extensa motivación, de orden estrictamente técnico-jurídico, concluyó “...que la pretendida agraviante de autos actuó dentro del marco de su competencia y que la decisión accionada no vulnera los derechos denunciados por el quejoso de autos, circunstancia que determina la improcedencia in limine litis de la presente demanda de amparo constitucional...”

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la presente solicitud de ampliación de la sentencia núm. 2010 del 26 de octubre de 2007, dictada por esta Sala, en el expediente N° 07-1155. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente respectivo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

ampliaciónsentenciacalumniahonorreputaciónprocedimiento civilderechosimprocedente

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