Sentencia N° 2359 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de agosto de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2359, Exp. 01-2540, 26/08/2003
Expediente01-2540
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-26
DecisiónTerminación del procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió una demanda de amparo constitucional presentada por Luis Roberto Rangel Rivas contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. La Corte había negado el beneficio de régimen abierto al penado, argumentando que el delito de violación es considerado un delito de lesa humanidad, excluyendo así la posibilidad de beneficios que conlleven a la impunidad. Durante el proceso, se constató la ausencia del demandante en la audiencia, lo que llevó a la Sala a declarar la terminación del procedimiento por abandono del trámite.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, el Defensor Público Jesús Briceño Fernández intentó, ante esta Sala, demanda de amparo en representación del ciudadano Luis Roberto Rángel Rivas contra la decisión que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida el 22 de octubre de 2001, por cuanto dicho fallo confirmó la sentencia que pronunció el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del mismo Circuito Judicial Penal que negó la procedencia de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de régimen abierto, porque consideró que el delito de violación es un delito de lesa humanidad y que, para el mismo, se encuentran excluidos los beneficios que conlleven a la impunidad. En el caso bajo examen, luego de la admisión de la demanda de amparo y las notificaciones correspondientes, se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública y, el 7 de abril de 2003, oportunidad para que tuviera lugar la misma se dejó constancia en el expediente de la ausencia de la parte demandante y de la presencia de la representación del Ministerio Público.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la demanda de amparo que incoó el ciudadano LUIS ROBERTO RANGEL RIVAS contra la sentencia que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida el 22 de octubre de 2001. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

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