Sentencia N° 2358 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2358, Exp. 02-2337, 01/08/2005
Expediente02-2337
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda de amparo constitucional presentada por el Fiscal Undécimo del Ministerio Público en representación de Eudis Jesús Ramírez Zavala, alegando violaciones al debido proceso. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar la demanda, pero la Sala Constitucional revocó esa decisión, declarando inadmisible la demanda de amparo. Se argumentó que el Fiscal no tenía legitimación para interponer la demanda, ya que la decisión del Juzgado afectaba únicamente al ciudadano Eudis Jesús Ramírez Zavala.

Extracto de la motiva

De autos se desprende que el Fiscal Undécimo del Ministerio Público, abogado Wilfredo Morillo Nader, en representación del ciudadano Eudis Jesús Ramírez Zavala, intentó demanda de amparo por la supuesta violación a los derechos al debido proceso y a solicitar del Estado el restablecimiento de la situación jurídica infringida, en virtud de que el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, condenó al ciudadano Greudy Antonio Eduarte Zavala, a pesar de que quien aparentemente cometió el delito que se le imputó fue su hermano (que para ese momento era menor de edad). La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que conoció en primera instancia constitucional, declaró con lugar la demanda de amparo, por cuanto apreció la violación a los derechos constitucionales al debido proceso y al juez natural, en virtud de que al quejoso lo juzgó la jurisdicción penal ordinaria, bajo una identidad errónea y para la fecha en que ocurrió el hecho punible era un adolescente. Ahora bien, esta Sala considera necesaria la formulación de las siguientes consideraciones: El ciudadano Eudis Jesús Ramírez Zavala, fue juzgado en la jurisdicción penal ordinaria, a pesar de que era menor de edad cuando supuestamente cometió el delito, por cuanto, al momento de su detención y tramitación del juicio, utilizó la identificación de su hermano mayor, el ciudadano Greudy Antonio Eduarte Zavala; en consecuencia, quien fue condenado en el texto de la sentencia por parte del Juzgado de Juicio fue Greudy Antonio Eduarte Zavala y quien se encuentra privado de libertad es su hermano que era un adolescente para ese entonces.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA la sentencia que fue objeto de consulta que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón de 7 de junio de 2002 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que intentó el ciudadano el Fiscal Undécimo del Ministerio Público, Wilfredo Morillo Nader, en representación del ciudadano EUDIS JESÚS RAMÍREZ ZAVALA, contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal del 3 de septiembre de 1999. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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