Sentencia N° 2351 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2351, Exp. 02-1493, 03/10/2002
Expediente02-1493
PonenteJesús Eduardo Cabrera Romero
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide acumular la causa presentada por varios diputados para la interpretación del artículo 29 de la Constitución, en relación con la investigación y juzgamiento de delitos de lesa humanidad. Se establece que la pretensión de los diputados es idéntica a la del Fiscal General de la República, lo que justifica la acumulación para evitar fallos contradictorios y en aras de la economía procesal. La decisión se toma en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
Extracto de la motiva
Cursa en el expediente signado con el número 02-2154 nomenclatura de esta Sala, el recurso de interpretación interpuesto el 4 de septiembre de 2002, por el ciudadano Julián Isaías Rodríguez, actuando en su carácter de Fiscal General de la República, del artículo 29 de la Constitución. Asimismo, se observa que, en el referido expediente se han llevado a cabo diligencias relativas al trámite del recurso interpuesto, lo cual implica que en dicha causa se previno con anterioridad a la presente. Ahora bien, visto que la pretensión de los ciudadanos PASTOR HEYDRA ROJAS, PEDRO DÍAZ BLUM, CARLOS TABLANTE HIDALGO, LUIS LONGART, PEDRO PABLO ALCÁNTARA, CÉSAR PÉREZ VIVAS, ELÍAS MATTA, ENRIQUE MÁRQUEZ, CARLOS BERRIZBEITIA GILIBERTI y ERNESTO ALVARENGA, es idéntica a la del ciudadano Fiscal General de la República, y que tratándose de pretensiones idénticas están sujetas a la misma tramitación, en aras de los principios de economía procesal, de seguridad jurídica y de justicia, se exige que sea un solo ponente el que conozca la causa, para evitar fallos contradictorios, esta Sala ordena acumular la presente causa al señalado expediente número 02-2154, en virtud de que en dicha causa fue donde primero se previno, y así se declara.
Dispositiva
ACUERDA ACUMULAR la presente causa contentiva de la solicitud formulada por los ciudadanos PASTOR HEYDRA ROJAS, PEDRO DÍAZ BLUM, CARLOS TABLANTE HIDALGO, LUIS LONGART, PEDRO PABLO ALCÁNTARA, CÉSAR PÉREZ VIVAS, ELÍAS MATTA, ENRIQUE MÁRQUEZ, CARLOS BERRIZBEITIA GILIBERTI y ERNESTO ALVARENGA, de la interpretación del artículo 29 de la Constitución, a la sustanciada en el expediente No. 02-2154 de la nomenclatura de esta Sala. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
interpretacion constitucionaldelitos de lesa humanidadderechos humanoseconomia procesaljusticiaseguridad juridica