Sentencia N° 2349 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2349, Exp. 03-1560, 01/08/2005
Expediente03-1560
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL MARÍA POLANCO MATUTE y DOLORES JOSEFINA SISCO DE POLANCO, en contra del proceso de ejecución de hipoteca que se tramitó en su contra. La Sala consideró que los demandantes no ejercieron los mecanismos de defensa disponibles en el proceso de ejecución de hipoteca, lo que llevó a la declaración de inadmisibilidad de su pretensión de amparo.

Extracto de la motiva

Observa la Sala que los peticionarios de tutela constitucional pretenden, mediante este medio judicial, la nulidad de todo el proceso de ejecución de hipoteca que tramitó y resolvió el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y que incoaron los ciudadanos José Francisco Morales Castillo y Ana Zoraida Núñez en su contra; para ello, denunciaron la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, pues, consideraron que el documento constitutivo de la hipoteca que se ejecutó en su contra era nulo, pues no se cumplieron todos los requisitos para su registro, por tanto, debió considerarse como no registrado. Ahora bien, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo declaró la inadmisibilidad de la pretensión de amparo, por cuanto, en su criterio, los demandantes de amparo constitucional estuvieron a derecho en el proceso de ejecución de hipoteca y no ejercieron los mecanismos de defensa que, para ese procedimiento especial, dispone el Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

UNICO: INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos ANGEL MARIA POLANCO MATUTE y DOLORES JOSEFINA SISCO DE POLANCO, en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

amparo constitucionalejecución de hipotecaderecho a la defensadebido procesoinadmisibilidadnulodocumento constitutivoregistro

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