Sentencia N° 2338 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2338, Exp. 03-2097, 01/08/2005
Expediente03-2097
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Sala n° 9 de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la demanda de amparo presentada por Robert Alexander Meza Colmenares en representación de su hermana Llasmaris Meza Colmenares. La demanda se basaba en la supuesta violación del derecho a la libertad personal, argumentando que la detención de la quejosa se había vuelto ilegítima debido al retardo en la presentación de la acusación por parte del Ministerio Público.
Extracto de la motiva
De autos se desprende que el ciudadano Robert Alexander Meza Colmenares, en representación de su hermana Llasmaris Meza Colmenares, intentó la demanda de amparo contra el Juzgado Décimoquinto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en virtud del retardo en que incurrió en la celebración del juicio oral y público, que generó que la medida judicial preventiva de privación de libertad de la quejosa deviniera en ilegítima. La Sala n° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que conoció en primera instancia constitucional, declaró inadmisible la demanda de amparo, por cuanto estimó que la supuesta violación al derecho a la libertad había cesado, en razón de que la demandante en amparo gozaba de una medida cautelar sustitutiva de privación de libertad, y además existía oportunidad fijada para la celebración del juicio oral y público, todo de conformidad con lo que establece el artículo 6 cardinal 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia que fue objeto de consulta de la Sala n° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas de 22 de julio de 2003 que declaró INADMISIBLE la demanda de amparo que intentó Robert Alexander Meza Colmenares en representación de su hermana LLASMARIS MEZA COLMENARES contra la omisión del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en función de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal.