Sentencia N° 2330 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de octubre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2330, Exp. 04-2411, 01/10/2004
Expediente04-2411
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-10-01
DecisiónRemitir
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió remitir la causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, debido a la apelación interpuesta contra una sentencia que declaró con lugar una acción de amparo. Se argumentó que la Corte Primera estaba temporalmente inaccesible, lo que justificó la intervención de la Sala Constitucional en este caso. La decisión se basa en la inconstitucionalidad del nombramiento de magistrados de la Corte Primera por parte de la Sala Político-Administrativa, lo que generó un vacío en la administración de justicia en esta jurisdicción.
Extracto de la motiva
La Sala, con fundamento en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 4 de la Resolución dictada, el 10 de diciembre de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal, publicada en la Gaceta Oficial n° 37.866, del 27 de enero de 2004, acuerda REMITIR la presente causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que se pronuncie sobre la apelación interpuesta en esta causa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Dispositiva
La Sala, con fundamento en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 4 de la Resolución dictada, el 10 de diciembre de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal, publicada en la Gaceta Oficial n° 37.866, del 27 de enero de 2004, acuerda REMITIR la presente causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que se pronuncie sobre la apelación interpuesta en esta causa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Cúmplase lo ordenado.