Sentencia N° 2325 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2325, Exp. 04-3006, 01/08/2005
Expediente04-3006
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el escrito presentado por el abogado José Ignacio González Briceño, argumentando que el mismo es oscuro y confuso, lo que impide su tramitación. Se señala que el escrito no cumple con los requisitos necesarios para su admisibilidad y que la parte actora debe presentar un nuevo escrito que especifique la naturaleza de la acción y cumpla con las disposiciones legales pertinentes. La decisión se fundamenta en la falta de claridad y en la ausencia de elementos de juicio necesarios para el análisis del caso.

Extracto de la motiva

Se observa que, tal como se encuentra redactado y fundamentado el escrito presentado por el abogado José Ignacio González Briceño, la Sala no entiende ni siquiera que acción, demanda o recurso intentó la parte actora. Del expediente sólo se puede colegir que el referido ciudadano presentó un escrito en el cual denunció que la Sala ordenó replantear una acción de amparo, sin analizar los principales fundamentos de la misma, debido a que carecía de algunos elementos de juicio constantes en el expediente principal, el cual el juzgado de la causa se negó enviar. En este orden de ideas, la Sala considera que el presente escrito es de tal modo oscuro y confuso, que la corrección del mismo implica la necesidad de plantearlo de nuevo, puesto que, tal y como ha sido configurado, es ininteligible. De este modo, los errores observados son de tal entidad que la Sala considera que el escrito no es susceptible de enmienda y que resulta imposible su tramitación, motivos que llevan a esta Sala a declarar inadmisible el presente escrito, por aplicación de la disposición contenida en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el escrito que presentó el abogado JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ BRICEÑO el 9 de noviembre de 2004. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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