Sentencia N° 2323 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de agosto de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2323, Exp. 02-3088, 22/08/2003
Expediente02-3088
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Alexis Antonio Hernández Vergara contra la decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional presentada por Encarnación Silva de Rangel. La Sala determinó que el Juzgado había violado los derechos de la parte demandada al no otorgarle el plazo necesario para oponerse al pago de costas, lo que constituyó una extralimitación de funciones.

Extracto de la motiva

El acto accionado en amparo negó la suspensión del decreto de ejecución de hipoteca y procedió al acto de remate del bien inmueble que constituía la garantía de la obligación principal, por considerar que, aún cuando la parte demandada había realizado el pago de la obligación, no constataba que hubiese pagado igualmente el monto tasado por la secretaría del tribunal como costas procesales. Por su parte, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, consideró que el referido acto era lesivo de los derechos de la parte demandada, puesto que ésta había cumplido con el pago de la obligación y el tribunal de la causa no le otorgó el plazo necesario para que se opusiera o pagara las referidas costas, todo lo cual constituía una violación de los derechos a la defensa, al debido proceso, a la propiedad y a la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el tercero interviniente, contra la decisión dictada el 12 de noviembre de 2002, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA dicho fallo que declaró CON LUGAR la acción de amparo ejercida por la ciudadana ENCARNACIÓN SILVA DE RANGEL, contra la decisión del 2 de agosto de 2002, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.

Palabras clave

amparo constitucionalejecución de hipotecaderecho a la defensadebido procesotasación de costasrematepropiedad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca