Sentencia N° 2321 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2321, Exp. 03-2086, 01/08/2005
Expediente03-2086
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Medina contra la omisión de pronunciamiento del Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar la acción de amparo, ordenando al tribunal de control pronunciarse sobre la solicitud de entrega de un vehículo retenido. La Sala confirmó esta decisión, argumentando que la omisión del tribunal vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva del accionante.
Extracto de la motiva
Determinada como fue la competencia, observa esta Sala de los alegatos expuestos por el ciudadano Juan Medina, que la acción de amparo se encuentra dirigida contra la omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con respecto a la solicitud de entrega de vehículo hecha por el referido accionante, situación que en criterio del actor le vulnera sus derechos a la propiedad y al debido proceso. Por su parte la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal estimó que, dada la sencillez del proceso a seguirse a los fines de verificar la titularidad del bien objeto de retención, la omisión de pronunciamiento en la que incurría el Tribunal de Control era injustificable y vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva del accionante, por lo que se encontraba perfectamente facultado para declarar con lugar la acción de amparo incoada y ordenar al tribunal de la causa el inmediato pronunciamiento acerca del requerimiento hecho por el quejoso.
Dispositiva
CONFIRMA la decisión dictada el 21 de julio de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Juan Medina contra la omisión de pronunciamiento del Tribunal Cuarto de Control de ese Circuito Judicial Penal, y ordenó a dicho órgano jurisdiccional el correspondiente pronunciamiento dentro de los tres días siguientes al recibo del expediente.
Palabras clave
amparoomisión de pronunciamientotutela judicial efectivaderecho a la propiedadvehículo retenidoCorte de ApelacionesTribunal Cuarto de Control