Sentencia N° 2319 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2319, Exp. 04-1497, 01/08/2005
Expediente04-1497
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Fernando José Sánchez Guaita en favor de Carlos Alberto Machuca Cortez. La acción fue declarada inadmisible por la Corte de Apelaciones, argumentando que la audiencia preliminar había sido diferida en varias ocasiones por causas imputables al acusado o su defensor.
Extracto de la motiva
Decidido lo anterior, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la presente consulta, a cuyo fin se observa que, de los alegatos esgrimidos por el abogado defensor del ciudadano Carlos Alberto Machuca Cortez, la acción de amparo fue dirigida contra el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, ante la falta de fijación para que se llevara a cabo la audiencia preliminar en el lapso procesal correspondiente. Por su parte, la sentencia consultada, dictada el 8 de marzo de 2004 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta, visto que el Tribunal Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua había diferido en varias oportunidades la audiencia preliminar por causas imputables al acusado o a su defensor, fijándose para que se celebrara la misma el 15 de marzo de 2004, lo que traía como consecuencia, la cesación de la transgresión del derecho constitucional alegado por la defensa del accionante.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, CONFIRMA, en los términos expuestos en este fallo, la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, el 8 de marzo de 2004, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado defensor Fernando José Sánchez Guaita del ciudadano Carlos Alberto Machuca Cortez, contra el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.
Palabras clave
amparo constitucionalaudiencia preliminarderecho al debido procesoinadmisibilidadCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penaldetenciónhomicidio intencional