Sentencia N° 2316 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2316, Exp. 06-1293, 14/12/2006
Expediente06-1293
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-14
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de diciembre de 2006, homologó el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por Vilma Josefina Guevara Delgado contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, que había declarado con lugar una apelación y decretado medida de secuestro sobre un bien inmueble. La abogada Arelis Rodríguez Paz Castillo, actuando como apoderada de la demandante, presentó el desistimiento el 17 de octubre de 2006, lo cual fue aceptado por la Sala tras verificar que no afectaba el orden público y que la apoderada tenía facultades para desistirse de la acción.
Extracto de la motiva
La Sala ha expresado que 'el desistimiento es el único mecanismo de autocomposición procesal previsto ex lege para dar fin a los procesos de amparo, opera como único medio de terminación anormal del proceso, legalmente admitido, cuya homologación por parte del Juez Constitucional es viable, siempre y cuando la violación denunciada no lesione el orden público ni las buenas costumbres o afecte intereses de terceros'. En consecuencia, esta Sala homologó el desistimiento propuesto, dado que no se encontraba afectado el orden público ni las buenas costumbres.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado por la abogada Arelis Rodríguez Paz Castillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 11.481, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana VILMA JOSEFINA GUEVARA DELGADO, antes identificada, de la acción de amparo constitucional ejercida contra el fallo dictado el 9 de agosto de 2006, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró con lugar la apelación interpuesta por los ciudadanos Ramón Alberto Guevara Delgado, José Guevara Delgado, Miriam Delgado de Vielma y Luis Guevara Delgado, ya identificados, y decretó medida de secuestro sobre un bien con motivo de la acción de partición de herencia ejercida por los referidos ciudadanos ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
amparo constitucionaldesistimientomedida de secuestropartición de herenciaderecho al debido procesojuez naturalorden público