Sentencia N° 2312 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2312, Exp. 04-1050, 29/09/2004
Expediente04-1050
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-09-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la consulta de ley relacionada con la homologación del desistimiento de una acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Henrique Capriles Radonski. La acción fue presentada contra el Juzgado Cuadragésimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, debido a la negativa de este a reconocer a los abogados como defensores del accionante y permitirles el acceso al expediente. La Sala confirma la homologación del desistimiento, argumentando que las violaciones constitucionales denunciadas fueron cesadas por una decisión previa de la Sala de Casación Penal que anuló la medida de privación de libertad y ordenó el acceso al expediente.
Extracto de la motiva
Con el propósito de resolver la presente consulta, se observa que los abogados Francisco Boza, Arturo López Massó, Juan Martín Echeverría Prices, Juan Martín Echeverría Becerra y Gregory Odreman Ordozgoitty, actuando en representación del ciudadano Henrique Capriles Radonski, incoaron acción de amparo constitucional contra “las actuaciones irregulares” presuntamente cometidas por el Juzgado Cuadragésimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al negar a los dos primeros de los prenombrados profesionales del derecho, la condición de defensores del hoy accionante, y por tanto, el acceso al expediente contentivo de la causa penal seguida contra el mismo. En primer término, cabe destacar que, el 23 de marzo de 2004, cuatro días después de interponer el amparo bajo examen, el abogado Francisco Boza solicitó, ante la Sala de Casación Penal de este Alto Tribunal, se avocara al conocimiento del referido proceso penal, pedimento que fue resuelto, el 1° de abril del mismo año. En este sentido, en la decisión n° 103/2004, la mencionada Sala de Casación se avocó al conocimiento de dicha causa, anuló la orden de aprehensión emitida por el Juzgado Cuadragésimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ordenó remitir el expediente al Presidente de ese Circuito Judicial Penal, para que lo asignara a otro tribunal de control, y ordenó “al tribunal que corresponda, permitir el acceso a las actas de las partes involucradas”. Como se observa, con la citada decisión cesaron las actuaciones presuntamente lesivas de los derechos constitucionales del ciudadano Henrique Capriles Radonski, por cuanto la referida Sala de Casación Penal excluyó al tribunal accionado del conocimiento de la causa, ordenó redistribuirla a otro tribunal de control, así como permitirle a los defensores del prenombrado ciudadano, revisar el expediente.
Dispositiva
CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia dictada, el 5 de abril de 2004, por la Sala Accidental n° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que homologó el desistimiento manifestado por el abogado Francisco Boza, en representación del ciudadano Henrique Capriles Radonski, de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Francisco Boza, Arturo López Massó, Juan Martín Echeverría Prices, Juan Martín Echeverría Becerra y Gregory Odreman Ordozgoitty, en defensa del prenombrado ciudadano, contra el Juzgado Cuadragésimo de Control del referido Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
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