Sentencia N° 2311 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2311, Exp. 04-1027, 29/09/2004
Expediente04-1027
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-29
DecisiónDECLARA COMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre la Corte de Apelaciones y un Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Edgar Gregorio Manucci Franco en defensa de la ciudadana Francisca Rosa Mitchell. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, basándose en la normativa aplicable y en la falta de un tribunal superior común entre las partes involucradas.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el artículo 64.4 de Código Orgánico Procesal Penal vigente, establece: “Es de la competencia del tribunal de juicio unipersonal el conocimiento de: ...omissis... 4. La acción de amparo cuando la naturaleza del derecho o de la garantía constitucional violado o amenazado de violación sea afín con su competencia natural, salvo que el derecho o garantía se refiera a la libertad y seguridad personales...omissis...”. De la disposición anteriormente transcrita se desprende que son competentes los juzgados de primera instancia en lo penal, en función de juicio, para conocer de las demandas de amparo constitucional, salvo que el derecho o garantía presuntamente violentada se refiera a la libertad o seguridad personales, por lo que en el presente caso, al constatarse que los hechos denunciados presuntamente violatorios de los derechos a la defensa, al debido proceso y el principio de presunción de inocencia, fueron ocasionados por un Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el desarrollo de una investigación penal, esta Sala Constitucional considera que la competencia para conocer y decidir el presente amparo, le corresponde a un Tribunal de juicio del Circuito Judicial Penal de ese mismo Estado.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE a un Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que conozca de la acción de amparo constitucional, que intentó el abogado Edgar Gregorio Manucci Franco, en su carácter de defensor de la ciudadana FRANCISCA ROSA MITCHELL, contra las Fiscalías Cuarta, Octava y Vigésimo Quinta del mismo Circuito Judicial Penal. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia para que distribuya la presente causa. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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