Sentencia N° 2303 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2303, Exp. 03-2566, 01/08/2005
Expediente03-2566
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Quinto que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Elina Carrasco de Barón. La acción fue considerada inadmisible debido a que fue ejercida fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que llevó a la conclusión de que había operado la caducidad de la acción. La Sala también destacó que no se presentaron motivos que justificaran la excepción a la caducidad.
Extracto de la motiva
La presente acción resulta efectivamente inadmisible, al haber transcurrido holgadamente el lapso de caducidad referido en la norma, toda vez que la actuación judicial supuestamente lesiva, objeto de la presente acción, se produjo el 9 de julio de 2001, relativa a la consignación del informe de los peritos avaluadores sobre el correspondiente inmueble y no fue sino hasta el 1° de septiembre de 2003 cuando se accionó en amparo, de lo que se deduce que habría operado su caducidad, de acuerdo con el citado dispositivo normativo. Siendo ello así, se entiende que la agraviada otorga su consentimiento expreso a la presunta violación a sus derechos y garantías constitucionales al transcurrir más seis (6) meses a partir del instante en que tiene conocimiento del acto o hecho presuntamente violatorio, sin accionar en su contra.
Dispositiva
CONFIRMA la decisión dictada el 8 de septiembre de 2003 por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana ELINA CARRASCO de BARÓN, contra la actuación del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.